lunes, 17 de febrero de 2014

DÍA DE SAO TEOTONIO





Hoy 18 de febrero celebramos el Día de Sao Teotonio.
Sao Teotonio nació el año 1082  y murió el 18 de febrero de 1162.
Los Caballeros y Damas de la Real Cofradía de Sao Teotonio celebraremos este día en la Oración como al Santo le hubiera gustado.



domingo, 2 de febrero de 2014

HISTORIA


Fundada en 1999 (sus estatutos fueron aprobados el 2 de noviembre del año del Señor de 2000).
 Como Cofradía civil y religiosa está protegida en lo temporal, por el Infante de Portugal, S.A.R. Don Miguel de Braganza, Duque de Viseu, cuarto en la línea de sucesión al trono portugués y en lo espiritual,


Y  por el actual Obispo dimisionario de Sao Tomé e príncipe, Excmo. Rvdmo. D. Abilio Ribas.

Y por el Eminentísimo Cardenal D. Carlos Amigo Vallejo



Los cofrades pueden ingresar de Gracia o de Justicia en la siguientes categorías:

-       Caballero
-       Comendador
-       Gran Cruz





Desempeña el cargo de Gran Prior el Dr. Ulisses Rolim, Conde Rolim.


Está patrocinada por:
H.R.H. Prince David de Bagration de Moukhrany



ESTATUTOS DE LA REAL COFRADÍA DE SAO TEOTONIO

Artículo primero

DE LA NATURALEZA, IDENTIDAD Y FINES

La Real Cofradía de San Teotonio, fundada el 02 de noviembre de 2000, bajo la protección real de Don Miguel de Braganza, duque de Viseu, Infante de Portugal, es una organización secular de los fieles con fines comunes, un grupo de hombres deseando voluntariamente para defender a los orígenes y los valores cristianos, mantener y honrar el espíritu de y recordar y promover la devoción a San Teotonio;

Ayuda en todo lo posible las obras de caridad y ayudar a las diócesis de la Iglesia Universal;

Difusa los aspectos culturales e históricos que rodearon la figura de San Teotonio (primero Portugués Santo);

Prestar ayuda y la ayuda mutua entre hermanos, en caso de necesidad y con la discreción necesaria;
Relacionar entre sí los tenedores de títulos de nobleza, los miembros de las cofradías, de las Órdenes Militares y de Caballería y Nobiliario Corporaciones; esos distinguidos con órdenes y medallas de Mérito y de encomio, civil y militar, y los Miembros de Academias e Institutos, Nacional o Internacional.

Artículo segundo

DE LOS MIEMBROS
Cualquier persona puede unirse a que es mayor de edad y tiene un interés en el desarrollo de los fines y que sean admitidos por el Gran Prior.

Uno está obligado a presentar un certificado de bautismo o, en su defecto, un certificado Parroquial puede tomar su lugar. En casos excepcionales y basándose en su propio conocimiento, el Gran Prior o respectiva Prior General puede excusar dicha presentación.

Uno todavía está obligado a presentar una petición debidamente firmada de admisión con dos patrocinadores, Curriculum Vitae, una fotografía de la igualdad de género, y copias de los documentos que se consideren necesarias en apoyo de las declaraciones formuladas.

Es la responsabilidad de los respectivos Priores Generales y / o Comandantes de proponer al Gran Prior de la Clase y categoría en la que el solicitante vaya a ser admitido, sino que debe entregar los documentos antes citados y estar en posesión de la totalidad de la Civil Derechos.

Los que no podrán ser admitidos quienes han incurrido algunos  pena canónica o latae sententiae .

Artículo tercero

DE LAS CLASES DE MIEMBROS

La Real Cofradía de San Teotonio se establece con tres clases de Cofrades , de la siguiente manera :

• Hermanos de Justicia (tenedores de título o títulos de la nobleza)
• Hermanos  de Mérito
• Hermanos de Honor

Las Damas serán designados Hermanas Cofrades en clases idénticas.
Las categorías establecidas en estas clases:

• Hermano Cofrade - Knight
• Hermano Cofrade - Comandante
• Hermano Cofrade - Gran Cruz

Artículo cuarto

DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

El Gran Prior es el delegado de toda la autoridad y el poder.
El órgano de gobierno es el Gran Priorato, presidido obligatoriamente por el Gran Prior, que tendrá voto de calidad.
El Gran Priorato está compuesto por el Gran Prior, Vice Gran Prior y Gran Canciller.

El órgano consultivo de la Gran Priorato, el Capitulo de Priores Generales, podrá ser llamado cada vez que el Gran Priorato entiende.

Es competente para el Gran Prior de nombrar a los Priores Generales, los sacerdotes y los comandantes, así como para crear Nacional o Prioratos Internacionales.
Para la formación de un Priorato, debe haber un Encomienda en funcionamiento con un mínimo de siete Cofrades.
Es competente todavía para el Gran Prior de nombrar comandantes, así como para crear la respectiva Encomiendas, y decidir su eventual aprobación de Prioratos.
Cada Priorato debe tener un capellán, competente para el respectivo Antes de nominar.

El Gran Prior está nominado " VITAM AD " [a la vida]. A su muerte iba a ser reemplazado por el Vice Gran Prior o canciller, quien subirá a la tarifa máxima, debe ser confirmada por el Protector Espiritual. El nuevo Gran Prior se designe un nuevo Vice Gran Prior y el canciller.
Es condición imprescindible que el Gran Prior ser de nacionalidad portuguesa.

Artículo quinto

DE LA PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE MIEMBRO

La calidad de Hermano o Hermana Cofrade  se perderá :
• Por renuncia voluntaria.
• Por la conducta pública del Cofrade, que serán juzgados por el Gran Prior
Como ser capaz de traer deshonor a la Real Cofradía del Santo
Teotonio, o por acciones u ofensas contra otro Cofrade.




Artículo sexto

DE LOS DERECHOS

Es un derecho de todos los Cofrades para ver todas las acciones de la Real Cofradía y usar el respectivo Insignia inherentes a su clase y categoría , así como el manto capitular , u otro uniforme que se establezcan para la regulación interna.

Artículo séptimo

DE LOS REQUISITOS

Se requiere de todos los Cofrades para cumplir con los estatutos y reglamentos internos, así como los decretos emitidos por el Gran Priorato o de sus respectivos Priores, en honor a las cuotas que se establezcan y dar aportaciones máximas a la Real Cofradía de San Teotonio , busca difundir los principios que llevaron a su fundación.

Cualquier contingencia no cubierta por la ley será tratado en una reunión del Gran Priorato.

Artículo octavo

DE LAS FECHAS OFICIALES

Estas son las fechas oficiales de este Real Cofradía:
• Aniversario del Nacimiento de San Teotonio (fecha desconocida)
• Aniversario de la Muerte de San Teotonio - 18 de febrero
• Aniversario de la Conferencia de Zamora 1123 - 04 de octubre
• Aniversario de la Restauración - 01 de diciembre

Artículo noveno

DE LAS CEREMONIAS

Ellos deben, siempre que sea posible, se conmemoró con una Celebración Eucarística, seguida de un almuerzo o cena de gala.

La ceremonia de recepción de nuevos Cofrades debe llevarse a cabo después de la Santa Misa, siempre que sea posible y se regirán por el reglamento interno.

Artículo 10 º

DE LOS investiduras

El Gran Prior es la única autoridad legítima para invertir nuevos miembros, premiando a sus méritos, y el fomento de su promoción en la clase y categoría.
Él será capaz de delegar sus prerrogativas, cuando las circunstancias así lo aconseja él, al Vice Gran Prior o el Gran Canciller.

Artículo 11

DE LAS INSIGNIAS

La Insignia de la Real Cofradía de San Teotonio , por excelencia, es un escudo oval de oro, dentro de un marco laureado en el centro la figura de San Teotonio de la mano derecha de Don Afonso Henriques a quien , frente , él hace la genuflexión de la rodilla izquierda al suelo , bajo un fondo de color azul . Arriba está el oro Corona Real portuguesa con una gorra de color rojo.

Artículo 12

DEL LEMA

SURGE REX MEUS, se erige Regnum TUUM

Artículo 13

DE LOS COLORES
Los colores son el azul y blanco de la primera bandera de Portugal.


Artículo 14a

AUTORIDAD FINAL

La autoridad final - Para el Protector Espiritual, según lo dispuesto en el Código de Derecho Canónico y en los presentes Estatutos, pertenecen las siguientes facultades:
• El derecho a visitar e inspeccionar las actividades de este Real Cofradía.
• La aprobación de las modificaciones estatutarias.
• La conformación y la indigencia del Gran Prior.
• La disolución de la Cofradía de conformidad con el Código de Derecho Canónico.
• Todo lo demás que el derecho canónico atribuye a él.
***************************************
Confirmo como una organización secular de los fieles la Real Cofradía
de San Teotonio , y , de acuerdo con el canon 314 del Código de Derecho Canónico, que
APROBAR los presentes Estatutos por los que se dictó que el Real Cofradía.
Exhorto a todos los miembros a cumplir con sus extremos con la generosidad y el espíritu de fe, confiando en que esto va a contribuir de forma eficiente a su formación cristiana y de acción apostólica.
Hecho en Lisboa el 7 º día del mes de mayo del año de la gracia de
Nuestro Señor de 2005.
El Protector Espiritual

Dom Abílio Rodas de Sousa Ribas
Por la Gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica

Obispo de la Diócesis de Santo Tomé y Príncipe